Ciudadanía Italiana
El 2 de enero de 2008 la Oficina de Ciudadanía del Consulado General de Italia iniciará la recepción de las personas que solicitaron ser atendidas para presentar la documentación para el pedido de Ciudadanía desde el año 2002.
Los interesados que presentaron la solicitud recibirán una carta con la fecha y hora en que serán recibidos en la Oficina de Ciudadanía, en posesión del Documento de Identidad o Cédula del Mercosur (documentos que no deben tener más de diez años de antigüedad) y de la documentación necesaria para iniciar el trámite de reconstrucción de la Ciudadanía.
El orden de las citas para la presentación de la documentación seguirá rigurosamente el orden en el que fueron solicitadas.
A fin de facilitar la búsqueda de la documentación requerida, se invita a los interesados a consultar atentamente la siguiente página en internet: www.consbuenosaires.esteri.it .
Cabe subrayar que el servicio es completamente gratuito y es efectuado solamente en la sede del Consulado General, sito en calle Reconquista 572, Capital Federal. Los interesados deben presentarse personalmente sólo si son mayores de 18 años.
Se recuerda a todos los interesados que la ciudadanía jure sanguinis se transmite de padre a hijo sin límite de generación. Por vía materna, en cambio, la transmisión de la ciudadanía es posible sólo para los hijos de madre italiana nacidos después del 1º de enero de 1948, fecha en que entra en vigor la Constitución Italiana.
El reconocimiento de nuestro status civitatis está subordinado a la demostración, por parte del interesado, que los propios ascendientes en línea recta hayan mantenido la ciudadanía italiana sin interrupción.
Documentos a presentar para el pedido de ciudadanía:
del familiar nacido en Italia:
- Partida de nacimiento
- Acta de matrimonio
- Acta de defunción (en caso de haber fallecido)
- Certificado de la Cámara Electoral de la persona nacida en Italia, que indique exactamente la fecha de adquisición de la ciudadanía argentina y no sólo la fecha de inscripción en las listas electorales.
Documentos a presentar de los descendientes en línea recta:
- Partida de nacimiento
- Eventual Acta de matrimonio.
Todos los documentos deben ser presentado en original y fotocopia.
Para todos aquellos que aún no han presentado el pedido de entrevista, es posible hacerlo descargando desde el sitio web del Consulado General el formulario, para completar y entregar en el Consulado General de Italia, calle Reconquista 572 (C1003ABL) Ciudad de Buenos Aires.
Importante
Todos los documentos deben ser copia auténtica expedidos por las oficinas de "Registro Civil"
Deben ser entregados los originales de cada documento, con su correspondiente traducción.
Los documentos argentinos deben ser traducidos al italiano por un traductor público, cuya firma debe ser legalizada en el Colegio de Traductores Públicos.
Los documentos originales serán enviados al Comune Italiano para la transcripción y no serán restituidos al interesado.
Se recomienda de verificar con atención todos los datos que figuran en los documentos a presentar en el Consulado; en caso de errores, será necesario hacerlos rectificar por las autoridades competentes.
No será aceptada documentación incompleta.
Todos aquellos que estén en posesión de los requisitos previstos por la ley tienen el derecho de presentar la documentación para el reconocimiento de la ciudadanía italiana directamente y sin intermediarios.
Links útiles:
www.consbuenosaires.esteri.it www.comuni.it
www.registrocivil.gov.ar
www.traductores.org.ar
www.pjn.gov.ar
(Extraído de "il Consolato a casa" Bollettino del Consolato Generale D'Italia a Buenos Aires - Diciembre de 2007 ) |